AEESD 2019 TECNOLOGÍAS HABILITADORAS DIGITALES

Plazo de solicitud abierto hasta el día 20 de mayo de 2019

La cuantía total máxima de las ayudas convocadas para el año 2019 es de:
9.000.000 euros en subvenciones.
Individualmente, la subvención podrá alcanzar:

  • Para proyectos de investigación industrial, hasta el 80% para pequeñas empresas, 75% para medianas empresas y 65% para las grandes.
  • Para proyectos de desarrollo experimental, hasta el 60% para pequeñas empresas, 50% para medianas empresas y 40% para las grandes.

La Acción Estratégica Economía y Sociedad Digital (AEESD) 2019 del MINETAD ha marcado como prioridades estratégicas, aquellas propuestas referidas al desarrollo de::

  • Internet de las Cosas.
  • Infraestructuras digitales y Redes 5G.
  • Computación difusa y en la nube.
  • Tecnologías de procesamiento masivo de datos e información.
  • Computación de alto rendimiento (HPC).
  • Procesamiento del lenguaje natural.
  • Ciberseguridad, biometría e identidad digital y ciberseguridad industrial.
  • Bases de datos distribuidas (blockchain/DLT).
  • Robótica.
  • Inteligencia artificial.
  • Realidad virtual.
  • Micro/nano electrónica.

Objetivo de las subvenciones AEESD 2019 Tecnologías Habilitadoras Digitales.

  1. Investigación industrial: Investigación planificada o estudios críticos cuyo objeto es la adquisición de nuevos conocimientos y técnicas que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos, procesos o servicios, o contribuir a mejorar considerablemente los productos, procesos o servicios existentes.
  2. Desarrollo experimental: Adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados.

Beneficiarios:

Todas las empresas excepto:

  • Empresas.
  • Organismos de investigación.
  • Agrupaciones o asociaciones empresariales.

Tipo y cuantía de las subvenciones:

PRESUPUESTO MÍNIMOCUANTÍMA MÁXIMA SUBVENCIONABLE
Proyectos de investigación: 200.000,00€

Proyectos de desarrollo: 200.000,00€

Proyectos de investigación: 10.000.000,00€

Proyectos de desarrollo: 7.500.000,00€

Según los tipos de proyecto, las intensidades brutas máximas son las siguientes:

Pago anticipado de la ayuda:

El pago de la ayuda se realizará de forma anticipada en dos fases. Se ordenará el pago del 75 por ciento de la subvención y del préstamo en el momento de la concesión de la ayuda y tras la constitución de garantías. Asimismo, se ordenará el pago del 25 por ciento restante tras la justificación de la actividad de la primera anualidad.

Tipos de proyectos subvencionables:

  • Internet de las Cosas.
  • Infraestructuras digitales y Redes 5G.
  • Computación difusa y en la nube.
  • Tecnologías de procesamiento masivo de datos e información.
  • Computación de alto rendimiento (HPC).
  • Procesamiento del lenguaje natural.
  • Ciberseguridad, biometría e identidad digital y ciberseguridad industrial.
  • Bases de datos distribuidas (blockchain/DLT).
  • Robótica.
  • Inteligencia artificial.
  • Realidad virtual.
  • Micro/nano electrónica.

Subcontratación

Se permite hasta un 50% del coste total subvencionado

Solicitud:

  1. Confección de proyecto que incluya de forma detallada un plan de explotación, entregables, paquetes de trabajajo actividades etc.
  2. Documentación jurídico-administrativa

 

Periodo de ejecución:

El proyecto debe comenzar a ejecutarse en el año de solicitud y puede extenderse dos años.

 

Otras consideraciones:

  • Efecto incentivador.
  • Régimen de concurrencia competitiva.
  • No son compatibles con otras ayudas.
  • Las convocatorias establecerán el importe de la garantía expresado como porcentaje de la ayuda concedida vinculada con la solvencia económica y financiera del beneficiario resultado de la evaluación del criterio de solvencia financiera.

Requisitos para obtener el pago anticipado:

Las garantías se constituirán ante la Caja General de Depósitos en alguna de las modalidades previstas en la normativa de la citada Caja y con los requisitos establecidos para ellas.

En el caso de préstamos, y una vez se haya certificado la justificación efectiva de la realización del proyecto objeto de la ayuda, se podrá autorizar por el órgano instructor que una entidad de crédito asuma, de manera irrevocable y con las debidas garantías, el reembolso.

Gastos subvencionables

  • Gastos de personal. Investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que están dedicados al
  • Costes de instrumental y material inventariable, en la medida y durante el período en que se utilice para el
  • Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y
  • Gastos generales directamente derivados del proyecto
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