¿Que son las ayudas de mínimis? Subvenciones

Cuando estamos cumplimentando el formulario de solicitud de una subvención, es normal que nos encontremos el dichoso apartado de Ayudas / Subvenciones Mínimis pero, ¿que significa esto?.

Aparece como declaración responsable en la que normalmente encontramos dos opciones:

  1. No haber solicitado ni recibido ayudas de “mínimis”.
  2. Haber solicitado y/o recibido durante el ejercicio fiscal en curso y los dos ejercicios fiscales anteriores, las siguientes ayudas sujetas al régimen de mínimis de conformidad con el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis.

¿Cómo saber cuales son ayudas de mínimis?

La respuesta rápida es que las ayudas de míninmis son todas aquellas ayudas o subvenciones que por ser de baja cuantia no necesitan comunicar su concesión a la Comisión Europea.

Este requisito de comunicar las subvenciones viene dado por la obigatoriedad general de notificar las ayudas estatales a la Comisión Europea con el fin de comprobar si son compatibles con el mercado común. No obstante, determinadas categorías de ayudas pueden eximirse de la obligación de notificación en virtud del Reglamento (CE) nº 994/98 al considerarse que son compatibles con el mercado común.

Son compatibles las ayudas estatales y no necesitan notificarse a la Comisión Europea estas categorías:

  • Ayudas destinadas al desarrollo de las regiones desfavorecidas que se ajustan al mapa aprobado por la Comisión.
  • Ayudas a favor de las pequeñas y medianas empresas
  • Investigación y el desarrollo
  • Protección del medio ambiente
  • Empleo y formación

La norma de minimis se aplica con el fin de que las subvenciones de poca cuantía queden exentas de la obligación de notificar sean compatibles o no.

Las ayudas de mínimis son aquellas ayudas concedidas por un Estado miembro y que no necesitan de la autorización de la Comisión Europea por tratarse de cuantías pequeñas porque no repercuten sobre la competencia y el comercio intracomunitario.

Lo que se persigue es que los estados no vulneren la libre competencia de los mismos ya que estados más poderosos podrían alterar con, por ejemplo, subvenciones a la explotación vinculadas al precio el normal funcionamiento de determinadas actividades.

Por tanto:

LAS AYUDAS CONCEDIDAS DURANTE UN PERÍODO DE TRES AÑOS QUE NO EXCEDAN DEL LÍMITE MÁXIMO DE 200 000 EUROS NO SE CONSIDERAN AYUDAS ESTATALES Y NO HAY QUE NOTIFICARLAS A LA COMISIÓN EUROPEA.

Esta cantidad máxima se considera compatible con el marco normativo de la Unión Europea al no alterar la libre competencia.

 

2 Comentarios
  1. Fco javier Ojalvo dice

    No se que quiere decir que después de haberme concedido un crédito ICO tengo una ayuda de minimis
    Que es esto?

    1. Andrés Durán dice

      Hola Fco Javier, un préstamo ICO se considera una ayuda mínimis en sí, las ayudas mínimis hay que comunicarlas a la Unión Europea cuando su montante supere los 200.000€ en los últimos tres años. Para ello habría que sumar el importe de todas las ayudas recibidas en este periodo y comprobar si se supera el importe umbral.
      Un saludo

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