Subvenciones destinadas a las entidades públicas o privadas que impartan durante este ejercicio formación de Nivel Básico para la capacitación de los Delegados y Delegadas de Prevención de las empresas o centros de trabajo de la CAPV.

BOLETÍN OFICIAL DONDE SE HA PUBLICADO LA AYUDA

BOPV

TÍTULO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN.

Subvenciones destinadas a las entidades públicas o privadas que impartan durante este ejercicio formación de Nivel Básico para la capacitación de los Delegados y Delegadas de Prevención de las empresas o centros de trabajo de la CAPV.

FECHA DE PUBLICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN.

04/12/2019

ADMINISTRACIÓN..

Autonómica

DEPARTAMENTO.

Departamento de Trabajo y Justícia

CUANTÍA DE LA AYUDA.

1.– Los recursos económicos destinados a la finalidad del artículo anterior procederán de los correspondientes créditos presupuestarios establecidos al efecto en los Presupuestos de Osalan-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales y se cifran en trescientos mil (300.000) euros.

2.– En aplicación de lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 125/2018, de 30 de julio, por el que se establecen las bases generales del programa de subvenciones destinadas a las entidades públicas o privadas que impartan formación de Nivel Básico para la capacitación de los Delegados y Delegadas de Prevención de las empresas o Centros de Trabajo de la CAPV, se establece en esta Resolución que de la dotación presupuestaria total de esta convocatoria, se destinará un máximo de 100.000 euros para la financiación de la formación de la parte normativa y un máximo de 200.000 euros para financiar la formación de la parte técnica.

3.– La concesión de estas subvenciones quedará supeditada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para ese objeto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el ejercicio 2020, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.3 de la Orden de 26 de abril de 2007, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula la tramitación anticipada de expedientes de gasto con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

REQUISITOS DE LA SOLICITUD.

1.– Podrán solicitar esta subvención a Osalan-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales las entidades a las que se les haya acreditado para la impartición de la formación de los Delegados y Delegadas de Prevención de las empresas o Centros de trabajo de la CAPV.

2.– El alumnado será exclusivamente Delegado o Delegada de Prevención, que deberá estar, previamente a la realización de la actividad formativa, obligatoriamente inscritos en el Registro de Delegadas y Delegados de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, adscrito al Departamento de Trabajo y Justicia del Gobierno Vasco.

3.– Para cada acción formativa se deberá presentar, a través de tramitación electrónica en la Sede Electrónica del Gobierno Vasco (http://www.euskadi.eus), la solicitud de subvención, cuyos contenidos se detallan en el Anexo I de esta Resolución, acompañada de los documentos exigidos y que están disponibles en los procedimientos electrónicos indicados en el apartado a) y apartado b).

a) En lo relativo a la formación del Área normativa el procedimiento electrónico es:

Subvención para la formación básica de Delegados y Delegadas de Prevención en el área normativa (referencia: 1029805).

En castellano: https://www.euskadi.eus/servicios/1029805

En euskera: https://www.euskadi.eus/zerbitzuak/1029805

b) En lo que afecta a la formación del Área técnica el procedimiento electrónico es:

Subvención para la formación básica de Delegados y Delegadas de Prevención en el área técnica (referencia: 1029905).

En castellano: https://www.euskadi.eus/servicios/1029905

En euskera: https://www.euskadi.eus/zerbitzuak/1029905

4.– Junto a la solicitud electrónica deberán presentar el «Anexo III. Datos de la acción formativa», documento con los datos provisionales de las Delegadas y Delegados de Prevención participantes en la acción formativa para la que se solicita subvención.

5.– Para el acceso, tramitación y seguimiento de cada expediente, la entidad jurídica solicitante deberá acceder al apartado «Mi Carpeta» en la Sede Electrónica del Gobierno Vasco (http://www.euskadi.eus).

ÓRGANO.

ÁMBITO TERRITORIAL.

AUTONOMÍA.

País Vasco

ENLACE A INFORMACIÓN OFICIAL.

https://www.euskadi.eus/y22-bopv/es/bopv2/datos/2019/12/1905595a.shtml

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